domingo, 6 de septiembre de 2009

COOPERACION INTERNACIONAL

La cooperación internacional es el proceso que consiste en canalizar recursos financieros y técnicos de países y organizaciones internacionales hacia países en desarrollo con el propósito de complementar la inversión nacional en la solución de problemas de interés común. El narcotráfico, al igual que el terrorismo y la pobreza, es considerado como una amenaza para la seguridad, razón por la cual concita la atención de la Comunidad Internacional.

En este sentido, y en el marco del principio de la responsabilidad compartida, la Comunidad Internacional apoya los esfuerzos que realiza el Estado peruano para que la producción, el tráfico y el consumo de drogas ilícitas no perjudiquen las capacidades de los peruanos y su potencial para una vida plena y productiva, ni afecten las libertades personales y el bienestar de las familias y comunidades.
Este apoyo responde además, a la activa participación del Perú en reuniones y foros antidrogas de alto nivel y su adhesión a los compromisos internacionales y regionales de reducción de la oferta y demanda de drogas.

DEVIDA.

La invasión de terrenos

La invasión de terrenos y propiedades privadas es una actividad ilícita; la comisión del delito de despojo, es considerado como grave aún en grado de tentativa por el Código Penal y para recuperar dichos inmuebles, las personas afectadas en un caso de invasión de propiedad, deberán acudir ante las autoridades ministeriales, de la Agencia Investigadora del Ministerio Público, para presentar su denuncia por el delito de despojo en contra de quienes resulten responsables en caso de desconocer la identidad de quienes han ocupado su posesión sin su autorización y de manera arbitraria; pues dicho delito se persigue únicamente por querella.

Para ellos será necesario acreditar la propiedad del inmueble, a través de las escrituras de la misma o título del inmueble, además de la correspondiente identificación personal, que según establece el Código Penal, en caso de registrarse una invasión por dos o más personas, se impondrá de seis a doce años de prisión y de cien a quinientos días multa? a los autores intelectuales a quienes dirijan la invasión y a quienes instiguen a la ocupación de la cosa?.

al realizarse la invasión de una propiedad, quienes incurren en dicha acción cometen otros delitos, se les considerará a estos responsables de las transgresiones cometidas.

Sanciones
Según el Código Penal de Durango, dedicado al delito de despojo se establece que se impondrán de tres meses a cinco años de prisión y de cinco a trescientos cincuenta días multa:

I.- Al que por propia autoridad y sin derecho, ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él, o de un derecho real que no le pertenezca;

II.- Al que de propia autoridad y sin derecho, ocupe un inmueble de su propiedad, en los casos que la Ley no le permita por hallarse en poder de otras personas, o ejerza actos de dominio que lesionen derechos legítimos del ocupante; y

III.- Al que en términos de las fracciones anteriores, distraiga sin derecho el curso de las aguas.

lunes, 31 de agosto de 2009

viernes, 31 de julio de 2009

jueves, 30 de abril de 2009

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